Inspección técnica de edificios (ITE) - Certificado de Aptitud del Edificio

La inspección técnica de los edificios de viviendas (ITE) consiste en una inspección visual del edificio hecha por un técnico competente que tiene por objeto determinar su estado en el momento de la inspección y orientar la propiedad en las actuaciones a realizar para cumplir el deber de conservación y mantenimiento. En ningún caso tiene por objeto detectar vicios ocultos.
Una vez obtenido el informe técnico, se debe solicitar a la Administración el Certificado de aptitud del edificio.

NORMATIVA
  • DECRETO 67/2015, de 5 de mayo, para el fomento del deber de conservación, mantenimiento y rehabilitación de los edificios de viviendas mediante las inspecciones técnicas y el libro del edificio. (6866  núm. Decret  publicado el  07/05/2015 )
  • DECRETO 187/2010, de 23 de noviembre, sobre la inspección técnica de los edificios de viviendas. (5764  núm. DOGC  publicado el  26/11/2010 )
  • LEY 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. (5044  núm. DOGC  publicado el  09/01/2008 )
PLAZOS


Entre 1961 i 1971: Hasta el 31 de diciembre de 2016
Entre 1951 i 1960: Hasta el 31 de diciembre de 2015
A partir del 1971  : El año que cumpla los 45 años de antigüedad

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